lunes, 24 de octubre de 2011

Inocuidad de Alimentos en Venezuela


La inocuidad de los alimentos engloba acciones encaminadas a garantizar la máxima seguridad posible de los alimentos. Las políticas y actividades que persiguen dicho fin deberán de abarcar toda la cadena alimenticia, desde la producción al consumo.


El organismo que vela por la inocuidad de los alimentos en Venezuela es el Ministerio del Poder Popular para la Salud (MPPS) bajo la Dirección de Higiene de los Alimentos, cuya misión es contribuir a minimizar los factores de riesgo de contaminación que inciden en la calidad e inocuidad de los alimentos, mediante las actividades de regulación, vigilancia y control sanitario de las diferentes operaciones de la cadena productiva, esto es desde la producción primaria, almacenamiento, transporte, procesamiento, preparación, expendió y consumo humano de alimentos.


Dentro de las actividades que debe cumplir esta Dirección se encuentran:

a) Elaborar los instrumentos jurídicos y procedimentales que regulen las actividades relacionadas con registros, certificaciones, licencias, productos alimenticios, materiales, envases y empaques, así como para efectuar la vigilancia y control de alimentos.

b) Elaborar los proyectos de normas técnicas que establezcan los condiciones y/o características de los alimentos para consumo humano así como de los materiales y equipos destinados para el contacto de alimentos.

c) Ser Responsable de la vigilancia de enfermedades transmitida por alimentos.

d) Participar en las actividades de normalización de alimentos y de materiales, envases destinados para el contacto con alimentos que se desarrollan en el Fondo de la Normalización (Fondonorma).

e) Vigilar el cumplimiento de la normas sobre propaganda comerciales en el área de alimentos, según lo establecido en el ordenamiento jurídico vigente.

f) Planificar, coordinar, asesorar, supervisar y evaluar a nivel nacional las actividades de vigilancia y control de alimentos.

g) Crear y mantener actualizados los sistemas de información relacionados con las actividades de registro de empresas, alimentos, materiales, envases y empaques destinados para contacto con alimentos, así como de la vigilancia y control de los respectivos establecimientos.

h) Asesorar y de ser requerido participar en investigaciones epidemiológicas de casos o brotes de enfermedades transmisibles por alimentos.

i) Coordinar actividades de apoyo analítico con los laboratorios oficiales y privados requeridos para realizar la vigilancia y control de alimentos, equipos, materiales, envases y empaques.

j) Autorizar la importación de alimentos que cumplan las especificaciones establecidas en la norma respectiva.

k) En caso de incumplimiento de las normas, adoptar las medidas sancionatorias establecidas en ordenamiento legal vigente en materia de alimentos.

l) Participar en el estudio de los problemas relacionados con la higiene de los alimentos y elaborar los informes técnicos correspondientes.

m) Coordinar como contraparte técnica en materia alimentaria, en los procesos de integración económica subregionales, regionales o multilaterales.

n) Las demás que le atribuyen las leyes y reglamentos.

Algunos de los instrumentos legales que considera que son considerados por la Dirección de Higiene de los Alimentos son los siguientes:

  • Reglamento general de alimentos
  • Normas complementarias del reglamento general de alimentos (SG-081-96. GO N° 35.921. 15/03/1996)
  • Normas de buenas practicas de fabricación, almacenamiento y transporte de alimentos de consumo humano (SG-457-96. GO N° 36.061. 07/11/1996).
  • Requisitos para el otorgamiento de permiso sanitario para establecimientos y vehículos para alimentos (SG-403-96. GO Ext. N° 5.096. 18/09/1996)
  • Normas venezolanas COVENIN
  • Normas internacionales
  • Normas del CODEX ALIMENTARIUS
  • Normas de la FDA
  • Normas de la Comunidad Económica europea
  • Normas de los Países Andinos
  • Código Argentino.

3 comentarios:

  1. Roxana te felicito por el blog. El tema es super importante. Felicitaciones y adelante. María.

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  2. Hola Roxana!!!
    Excelente aporte….Ya que muchos de nosotros desconocemos la normativa tan importante, en el manejo de los alimentos….estos conocimientos merecen ser difundidos y aplicados en todos los ámbitos, muy especialmente en sitios de expendios de alimentos procesados como las cantinas escolares…Saludos…

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  3. Hola, Roxana!

    Resultaría atractivo comparar las Normas Venezolanas COVENIN con las Normas FDA y las Normas de la Comunicad Europea. Si me permites, Roxana, esto es una sugerencia para un artículo en tu blog, el cual me parece muy útil. ¡Felicitaciones!

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